Si estás pensando en darte de alta como trabajador por cuenta propia (“autónomo”) con el objetivo de desarrollar una actividad profesional, o si estás pensando en constituir una sociedad limitada, es importante que conozcas los P.A.E. (Puntos de Atención al Emprendedor).
Los P.A.E. son un instrumento del sistema C.I.R.C.E. (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) de la Dirección General de la PYME del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio destinados a la creación de empresas y/o al inicio de actividades, a través de Internet.
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en su Capítulo 4, determina que: “todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades, el inicio efectivo de una actividad económica y su ejercicio por emprendedores, podrán realizarse a través del Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo”.
¿Qué es el C.I.R.C.E.?
El Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) es un sistema de información que permite realizar de forma telemática, los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España.
El sistema CIRCE le facilita la creación de su empresa a través de acuerdos y comunicaciones con todos los organismos y administraciones que intervienen en el proceso de constitución de empresas.
Los tipos de sociedades que se pueden crear a través de CIRCE son:
– Empresario Individual (Autónomo)
– Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL o SL)
– Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS)
– Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
– Comunidad de Bienes
– Sociedad Civil
¿Qué es un P.A.E.?
Los Puntos de Atención al Emprendedor (P.A.E.) se encargan de: 1) Facilitar la creación de nuevas empresas y 2) el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo; y ello a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.
En ellos, se realizan todos los trámites sin necesidad de acudir a diferentes organismos: Hacienda, Seguridad Social,…. Las ventajas son muchas, pero podemos destacar, fundamentalmente:
Ahorro de costes: El arancel notarial queda reducido a 60 € en el caso de sociedades limitadas que se constituyan con el capital social mínimo, y 40 € es el coste de la inscripción de la Sociedad en el Registro Mercantil.
Ahorro de tiempo: Para el alta como “Autónomo”, el trámite puede tener una duración de aproximadamente 1 hora; para el caso de la Sociedad Limitada y contando desde el momento de la firma de constitución de la Sociedad en la Notaría, se puede conseguir que a sociedad limitada esté inscrita en el Registro Mercantil en menos de una semana.
Reducción de trámites: El emprendedor que acude a un P.A.E. solo tiene que cumplimentar el Documento Único Electrónico (D.U.E.). El técnico titular del PAE cumplimentará todos los formularios que engloba; y el C.I.R.C.E., de forma automática, realizará todos los trámites necesarios para constituir la empresa, comunicándose con todos los organismos implicados (Agencia Tributaria, Seguridad Social, Registro Mercantil, Notaría, etc.)
Existen Puntos de Atención al Emprendedor en toda España.
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