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AÚN PUEDES RECLAMAR LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE TU HIPOTECA

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AÚN PUEDES RECLAMAR LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE TU HIPOTECA

El pasado mes de julio de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró, corrigiendo al Tribunal Supremo, que la persona hipotecada tiene derecho a recuperar todos los gastos hipotecarios en los que incurrió cuando solicitó un préstamo hipotecario, esto es, en concreto los gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y tasación.
Así, todos los gastos de formalización de hipotecas, que dependiendo del importe concedido, de media pueden suponer unos 2.000 euros, deberán ser reintegrados al hipotecado; hecho confirmado por las últimas resoluciones del Tribunal Supremo, que confirman que estos gastos deben ser devueltos por la entidad bancaria, estimando que:
– Los gastos de notaría correspondientes a la escritura del préstamo hipotecario se pagarán a medias entre entidad bancaria e hipotecado.
– Los gastos de tasación de la vivienda corresponden íntegramente al banco.
– La factura del Registro de la Propiedad por la inscripción del préstamo debe ser abonada por la entidad bancaria.
– Los gastos de gestoría de inscripción de la hipoteca se adjudican al banco.
– Los impuestos de Actos Jurídicos Documentados (AJD), que recae sobre el prestamista si la hipoteca es posterior al 10 de noviembre del 2018, y sobre el prestatario en caso contrario.
Pese a la polémica surgida en los medios de comunicación y redes sociales, a raíz de la Nota informativa publicada por el Ministerio de Consumo a finales de 2.020, recordando que el plazo para la reclamación de estos gastos finalizaba el pasado 21 de enero de 2.021, NO EXISTE NINGÚN PLAZO para reclamar al Banco la nulidad por abusividad de la citada cláusula. Incluso aunque el préstamo ya estuviese pagado y la hipoteca cancelada. Y ello porqué la petición de nulidad de alguna/s cláusula/s de un contrato por tener carácter abusivo es algo imprescriptible. Cuando algo es nulo, es nulo; y no hay ningún plazo para reclamar esa nulidad.
Para realizar esta reclamación se necesita contar con la escritura de la hipoteca, copia de las facturas de todos los gastos susceptibles de ser reintegrados, y el documento de identidad de los titulares del préstamo. Una vez presentada la reclamación extrajudicial ante la entidad bancaria, el banco debe responder en un plazo máximo de entre 1 y 3 meses; si no se obtiene respuesta o ésta no responde a las pretensiones del cliente, se deberá iniciar la vía judicial.
RECLAMAR CON AEQUITAS ABOGADOS.- En nuestro despacho, asesoramos de manera personalizada en la reclamación de cláusulas abusivas o gastos hipotecarios. Para ello contamos con un equipo de abogados y economistas especializados, que realizan un estudio exhaustivo de la hipoteca y la presencia de gastos y comisiones susceptibles de reclamar.
Si la reclamación es viable, nuestro equipo realiza la reclamación ante la entidad bancaria del hipotecado, con una petición formal de devolución de gastos. Si esta vía no obtiene resultado o el conseguido es negativo para nuestro representado, iniciamos la demanda judicial ante el juzgado correspondiente. Para más información, consúltanos en el teléfono 925820093.

JESÚS LÁZARO – Abogado
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