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Las cuantías indemnizatorias para las víctimas de accidentes de tráfico se amplían por real decreto

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Las cuantías indemnizatorias para las víctimas de accidentes de tráfico se amplían por real decreto

LAS CUANTÍAS  INDEMNIZATORIAS PARA LAS VÍCTIMAS DE ACCIDENTES DE TRÁFICO SE AMPLÍAN POR REAL DECRETO

El Gobierno ha actualizado las cuantías indemnizatorias para las víctimas de accidentes de tráfico, una actuación que se realiza de manera anual y que ya está vigente con la publicación del Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre. Esta norma actualiza y revisa el baremo de dichas cuantías establecidas en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículo a Motor.

Así, el RD aumenta las cuantías que percibirían tanto las personas que dependan económicamente de la víctima en caso de fallecimiento (cónyuge, hijos, padres, etc.) como las que recibiría el propio accidentado en caso de incapacidad permanente.

En segundo lugar, según recoge la nueva norma, se actualizan también las indemnizaciones por necesidad de ayuda de tercera persona a causa de accidente de circulación.

Por último, el Real Decreto actualiza las tablas de ayuda para la tramitación de siniestros (tabla de coeficientes actuariales de conversión entre capitales y rentas vitalicias, tabla de esperanzas de vida y tabla de coeficientes de capitalización de prótesis y órtesis).

¿Qué persigue esta nueva norma?

El Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre pretende mejorar los derechos de las personas víctimas de un accidente de tráfico, especialmente beneficiando a las consideradas más graves, y aumentando las indemnizaciones por el denominado lucro cesante.

Así, la norma dicta textualmente que su fin es “el resarcimiento de la víctima del accidente de circulación y la adaptación a los nuevos umbrales del ámbito de aplicación del régimen especial de solvencia de entidades aseguradoras”.

Hay que recordar que en el caso de las personas lesionadas de manera grave la actualización del baremo indemnizatorio es periódica y se va adaptando a la evolución económica general, y que el Estado fija un sistema de valoración de carácter legal con una comisión de seguimiento en el que están representadas todas las partes implicadas, con especial presencia de las asociaciones de víctimas.

El nuevo decreto recalca además que se cumple con el principio de eficiencia, al no generarse costes adicionales para las administraciones ni un aumento de cargas administrativas para las entidades, y con el principio de seguridad jurídica, ya que esta normativa genera “un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión”.

Las tablas con las actualizaciones de las cuantías indemnizatorias pueden consultarse en Boletín Oficial del Estado – BOE.

Si tienes dudas sobre el nuevo Real Decreto, has sufrido un accidente de tráfico y necesitas gestionar tus cuantías indemnizatorias, o crees que no estás percibiendo la cuantía correcta, llámanos. En Aequitas Legis Abogados te ayudamos de manera personalizada.

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