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Nuevo golpe a la banca: las hipotecas multidivisas

NUEVO GOLPE A LA BANCA: LAS HIPOTECAS MULTIDIVISAS

Nuevo golpe a la banca: las hipotecas multidivisas

En el año 2008, en pleno estallido de la burbuja inmobiliaria, y con el Euribor por las nubes, fue cuando se comercializó masivamente este producto, bajo la falsa apariencia de que permitía pagar unas cuotas menores gracias a un menor tipo de interés de otra divisa. Lo que no aparecía en el eslogan de este suculento producto, es que este tipo de créditos está asociado a monedas diferentes al euro, y por tanto son muy sensibles a la evolución de la divisa europea frente a la extranjera a la que se encuentra referenciado. Las asociaciones de consumidores estiman que hay entre 10.000 y 70.000 afectados por este producto ¿Está tu hipoteca ligada a una moneda diferente al Euro? ¿Tienes tu hipoteca en yenes o en francos suizos? ¿Has firmado tu hipoteca con Bankinter, Kutxabank, o Banco Popular? Te interesa seguir leyendo este artículo. El día 30 de junio de 2.015, el Tribunal Supremo ha calificado este producto como complejo, de riesgo, difícil de entender: “La Sala considera que la hipoteca multidivisa es, en tanto que préstamo, un instrumento financiero. Es, además, un instrumento financiero derivado por cuanto que la cuantificación de la obligación de una de las partes del contrato (el pago de las cuotas de amortización del préstamo y el cálculo del capital pendiente de amortizar) depende de la cuantía que alcance otro valor distinto, denominado activo subyacente, que en este caso es una divisa extranjera. En tanto que instrumento financiero derivado relacionado con divisas, está incluido en el ámbito de la Ley del Mercado de Valores de acuerdo con lo previsto en el art. 2.2 de dicha ley. Y es un instrumento financiero complejo en virtud de lo dispuesto en el art. 79.bis.8 de la Ley del Mercado de Valores, en relación al art. 2.2 de dicha ley”.

– ¿Qué implicaciones conlleva que el Tribunal Supremo haya considerado la hipoteca multidivisa como un producto financiero derivado?

Ello conlleva, que al tratarse de un producto complejo se haya sometido a la Ley del Mercado de valores y a la Mifid, normativa europea de protección del consumidor de productos de inversión, cuyo objetivo es garantizar que quienes formalizan estos contratos, tengan los conocimientos suficientes como para entender lo que están contratando, y la obligación que se le impone a la entidad bancaria de informar sucintamente al consumidor de los riesgos que conlleva este tipo de hipoteca.

– ¿Por qué te ha causado un perjuicio, especialmente en los últimos años?

Esta modalidad de préstamo utilizado para la financiación de la adquisición de un activo que se hipoteca en garantía del prestamista, supone una dificultad añadida para que el cliente se haga una idea cabal de la correlación entre el activo financiado y el pasivo que lo financia, pues a la posible fluctuación del valor del activo adquirido se añade la fluctuación del pasivo contraído para adquirirlo, no solo por la variabilidad del interés, ligada a un índice de referencia inusual, el Libor, sino por las fluctuaciones de las divisas, de modo que, en los últimos años, mientras que el valor de los inmuebles adquiridos en España ha sufrido una fuerte depreciación, las divisas más utilizadas en estas “hipotecas multidivisa” se han apreciado, por lo que los prestamistas deben abonar cuotas más elevadas y en muchos casos deben ahora una cantidad en euros mayor que cuando suscribieron el préstamo hipotecario, absolutamente desproporcionada respecto del valor del inmueble que financiaron mediante la suscripción de este tipo de préstamos. Si eres un afectado por este producto financiero, desde el despacho Aequitas Legis te ayudamos a:

  • anular el clausulado referente a las multidivisas.
  • la devolución de las cantidades resultante de restar el capital pagado y la comisión de cambio.
  • la devolución de los intereses cobrados indebidamente.
  • la fijación del capital pendiente de amortizar del préstamo hipotecario en Euros, así como la sustitución del índice de referencia del Libor al Euribor.

CONSÚLTANOS,

TE ESPERAMOS!

C./ San Clemente 12, Talavera de la Reina.

– Tf. 925820093

www.aequitaslegis.com

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